55 45 98 86 56, CDMX
55 56 71 86 88, CDMX

Se declara investigación para ELUSIÓN de cuota compensatoria para grafito de China

Se declara investigación para ELUSIÓN de cuota compensatoria para grafito de China

Se declara investigación para ELUSIóN de cuota compensatoria para grafito de China

Se declara investigación para ELUSIóN de cuota compensatoria para grafito de China

Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación sobre elusión del  pago de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de electrodos de grafito para horno de arco  eléctrico, originarias de China, independientemente del paí­s de procedencia, que ingresan por la fracción  arancelaria 8545.11.01 de la TIGIE.

87.  Se fija como periodo de investigación el comprendido del 1 de mayo de 2012 al 30 de abril de 2014.

88.  De conformidad con lo dispuesto en los artí­culos 3 último párrafo y 89 B de la LCE y 117 B fracción II  del RLCE, se concede un plazo máximo de 28 dí­as hábiles, contado a partir del dí­a siguiente de la publicación  de esta Resolución en el DOF, a los importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquiera  persona que acredite tener interés jurí­dico en el resultado de esta investigación, para que comparezcan ante  la Secretarí­a para manifestar lo que a su derecho convenga. Dicho plazo concluirá a las 14:00 horas del dí­a  de su vencimiento.

89.  Toda la información deberá presentarse de 9:00 a 14:00 horas ante la oficialí­a de partes de la UPCI,  sita en Insurgentes Sur No. 1940, planta baja (área de ventanillas), Col. Florida, C.P. 01030, México, Distrito  Federal, en original y tres copias, más acuse de recibo.

90.  Notifí­quese esta Resolución a las partes interesadas de que se tiene conocimiento.

91.  Comuní­quese esta Resolución al SAT para los efectos legales correspondientes.

92.  La presente Resolución entrará en vigor al dí­a siguiente de su publicación en el DOF.

México, D.F., a 6 de noviembre de 2014.-  El Secretario de Economí­a,  Ildefonso Guajardo Villarreal.-  Rúbrica.

VER NOTA COMPLETA.  http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5374029&fecha=03/12/2014

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    Nota legal: Las correlaciones, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que se encuentran en esta publicación, corresponden a los trabajos intelectuales realizados por el personal de Barra Nacional de Comercio Exterior ®, los cuales de conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, pueden ser contrarias a las interpretaciones que realicen las Autoridades .

 

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