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¿Qué código postal se usa en la factura 4.0 para extranjeros o público en general?

¿Qué código postal se usa en la factura 4.0 para extranjeros o público en general?

El requisito del código postal en el CFDI 4.0 puede convertirse en un dolor de cabeza para los contribuyentes al momento de facturar.

Uno de los nuevos requisitos del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica versión 4.0 es  la inclusión del código postal del receptor.
La dificultad que presenta este nuevo requisito no es tanto obtener e incluir este dato en el comprobante, sino que este sea el que el receptor tiene registrado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
La reglamentación al no ser precisa respecto al requisito del código postal puede generar dudas en los siguientes casos:
  • En aquellos comprobantes emitidos a nombre de un extranjero, porque no tiene RFC y, mucho menos un código postal asociado a éste.
  • En los comprobantes emitidos al público en general, porque no se tiene un RFC del cliente.

 

Guí­a de llenado

 

La guí­a de llenado no es precisa en este rubro, limitándose a señalar que, en el campo DomicilioFiscalReceptor se debe registrar el código postal del domicilio fiscal del receptor del comprobante y que, en caso de que sea diferente de los RFC genéricos, debe estar asociado a la clave de RFC registrado en el campo Rfc de este Nodo.
Lo anterior significa que el código postal del receptor debe ser el que está asociado a la clave del RFC,  siempre que no se utilicen los RFC genéricos.

 

De acuerdo con la regla 2.7.1.23., de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, las claves de los RFC genéricos son los siguientes:
  • GENí‰RICO: XAXX010101000, cuando no se cuenta con la clave del RFC del receptor.
  • EXTRANJEROS: XEXX010101000, cuando se trate de operaciones efectuadas con residentes en el extranjero, que no se encuentren inscritos en el RFC.

 

Pregunta frecuente

Persiste la incertidumbre sobre la correcta emisión de los comprobantes fiscales con RFC genéricos. Esto se debe a que el único pronunciamiento que hay de la autoridad, es una pregunta frecuente en la Guí­a de llenado que indica lo siguiente:
 
29. ¿Qué código postal se debe registrar en el CFDI cuando éste no se encuentre en el catálogo de código postal del Anexo 20?
R: En caso de que dentro del catálogo  c_CodigoPostal, no se encuentre contenida información del código postal, se debe registrar la clave del código postal más cercano del lugar de expedición del comprobante fiscal.
 
Por eso,  se recomienda que al expedir comprobantes fiscales versión 4.0 a extranjeros o al público en general, en los que se utilicen claves de RFC genéricas, el código postal a utilizar sea el mismo del lugar en que se expide el comprobante.
 

 

 

 

    Nota legal: Las correlaciones, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que se encuentran en esta publicación, corresponden a los trabajos intelectuales realizados por el personal de Barra Nacional de Comercio Exterior ®, los cuales de conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, pueden ser contrarias a las interpretaciones que realicen las Autoridades .

 

Una respuesta

  1. Juan Chucao dice:

    Indicar el paí­s donde operan serí­a muy importante. Llevo un rato buscando esa info y no la encuentro.
    Es muy simple de solucionar.

Los comentarios están cerrados.

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