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Padrón de importadores general y sectorial

Padrón de importadores general y sectorial

Es el registro nacional de Importadores de México, cualquiera que desee importar mercancí­as al paí­s debe estar inscrito como persona fí­sica o moral ante el Servicio de Administración Tributaria.

El SAT a través de la administración del padrón de Importadores adscrita a la AGA es la encargada de crear un padrón de Importadores para evitar la economí­a informal mediante el control de los importadores que ingresan mercancí­as al paí­s, combatir la evasión fiscal, controlar las operaciones de comercio exterior y fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, asi como prevenir y detectar prácticas de fraude aduanero que afecten al fisco federal o a los sectores productivos del paí­s incluyendo el contrabando.

 

Inscripción en el Padrón de Importadores:

Este padrón abarca a las personas fí­sicas y morales que lleven a cabo operaciones de importación al paí­s

¿Cómo se realiza este trámite?

Para realizar la solicitud en la opción de inscripción al padrón de Importadores en la página de:
Portal SAT (http://www.sat.gob.mx/)

Requisitos…
  • Firma Electrónica Avanzada del contribuyente y no la del representante legal.
  • Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).
  • Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC.
  • Estar al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  • Estar inscrito y activo en el RFC con alguna de las obligaciones de Régimen General del ISR o en alguna de las señaladas en el artí­culo 71 del Reglamento.
  •  

    ¿Qué  es el padrón de Importadores de Sectores Especí­ficos?

    Es el padrón en el cual deben estar inscritos los importadores que deseen introducir mercancí­as clasificadas en los sectores especí­ficos de las fracciones arancelarias que determine la SHCP mediante reglas, deben de inscribirse en el padrón de Importadores de Sectores Especí­ficos con el objeto de prevenir y detectar las practicas que afecten a los sectores productivos del paí­s así­ como para salvaguardar la Salud Pública y Seguridad Nacional.

    Inscripción en el Padrón de Sectores Especí­ficos:

    Este padrón es para los importadores que importan mercancí­a sensible a la economí­a paí­s en las fracciones arancelarias listadas en el anexo 10 de las Reglas de Carácter General en materia de comercio exterior vigente.

    Requisitos:

  • Firma electrónica Avanzada Vigente del contribuyente y no del representante legal.
  • CIEC
  • Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC
  • Estar al corriente con el cumplimiento de las obligaciones fiscales
  • Estar inscrito y activo en el RFC con alguna de las obligaciones de Régimen General del ISR o en alguna de las señaladas en el artí­culo 71 del Reglamento
  • Puedes encontrar el listado vigente de los sectores especí­ficos  Aquí­

     
    ¿Qué es el Padrón de Exportadores Sectorial?

    Este padrón otorga la autorización para la exportación de mercancí­as clasificadas en las fracciones arancelarias de los sectores especí­ficos mismos que se establecen en el anexo 10 RCGMCE. Y para efectos de la fracción XI del artí­culo 19 de la ley del Impuesto Especial sobre Productos y Servicios los contribuyentes que requieran exportar los artí­culos previstos en el artí­culo 2, fracción I, del inciso A), B), C) y F) deberán estar inscritos a este padrón.

    Inscripción en el Padrón Exportadores:

    Este padrón abarca a los contribuyentes que exporten productos mexicanos como bebidas alcohólicas, cigarros, tabaco.

    Requisitos:

  • Firma electrónica Avanzada Vigente del contribuyente y no del representante legal.
  • Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC
  • Estar al corriente con el cumplimiento de las obligaciones fiscales
  • RFC activo.
  • Presentar el original del formato Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial
  • Anexando los documentos señalados en la fracción II del inciso A, numerales 1 y 2 de la regla 1.3.2 de RCGMCE.
  • (1)  Tratándose de personas morales, copia simple del instrumento publico con que se acredite que la persona que firma la solicitud tiene poder para actos de administración. Tratándose de personas fí­sicas y en caso de que faculten a un tercero para realizar este trámite, escritura pública o carta poder conforme a lo dispuesto en el artí­culo 19 del código. En caso de que el representante legal del contribuyente sea extranjero se deberá anexar una copia del documento vigente que compruebe su calidad migratoria en el paí­s y que se les autoriza para actividades empresariales.
    (2)  Copia fotostática de una identificación oficial vigente del solicitante o del representante legal

    Consulta de resultados:

    El Resultado del trámite será dado en la selección Consulta de Resultados de trámites de Padrones en un término no mayor a 7 dí­as contados a partir del dí­a siguiente de la recepción de dicha solicitud.
    Página Web SOIA: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/46346/consulta-tus-solicitudes-en-el-padron-de-importadores

    Atentamente,
    Barra Nacional de Comercio Exterior

     

    Asesorí­a para trámite registro

    Solicitar cotización.

    Solicitar cotización para trámite

     

     

      Nota legal: Las correlaciones, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que se encuentran en esta publicación, corresponden a los trabajos intelectuales realizados por el personal de Barra Nacional de Comercio Exterior ®, los cuales de conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, pueden ser contrarias a las interpretaciones que realicen las Autoridades .

     

    Una respuesta

    1. Marylu Sierra dice:

      No funcionan sus ligas de directorios de importadores y las que hay no están todas las fracciones

    Los comentarios están cerrados.

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